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Francia

Cierran tienda musulmana por no vender ni alcohol ni cerdo

Un comercio de alimentos de los suburbios de París fue cerrado por decisión de la justicia francesa. El mercadito, que vendía productos orientales, no cumplía con los requisitos de dedicarse a la “alimentación general” prevista en su contrato de alquiler.

Foto de ilustración. Archivo. Una tienda de comida halal en Nanterre, al oeste de París.
Foto de ilustración. Archivo. Una tienda de comida halal en Nanterre, al oeste de París. Fuente: AFP.
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El Tribunal de Gran Instancia de Nanterre, al oeste de París, decidió el lunes el cierre de una tienda de comestibles que alquilaba el local comercial al organismo que gestiona las viviendas sociales de Colombes (departamento de Hauts-de-Seine).

La Justicia le dio la razón al administrador habitacional, que pretendía romper el contrato de alquiler alegando que el inquilino incumplía con el acuerdo de explotar “un comercio de alimentación general”. Al no vender ni cerdo ni alcohol, el contrato no era respetado, según el demandante.

El tribunal de Nanterre aceptó el argumento, estimando que el inquilino, Anadolu Distribution, no respondía “a las necesidades de todos los habitantes del barrio (…), la mayoría de los productos en venta eran productos orientales confesionales”.

Olivier Virolle, director general de Colombes Habitat Public, que representa a las viviendas sociales de la zona, se dijo “satisfecho” por la decisión. “Varios habitantes de Colombes venían a quejarse a la alcaldía porque no podían encontrar los productos de antes”, aseguró, agregando que ya tenía “varios candidatos para retomar el comercio”.

“El local no tiene estantes de venta de vinos y de alcohol”, consideró el tribunal, y la “empresa que alquila propone venta de cuadros con plegarias redactadas en lengua árabe”, recalca.

El abogado Anadolu Distribution replicó que “el vino no forma parte de la alimentación general. Es lo que se llama un complemento, por lo que no hay obligaciones”, sostuvo.

Sin embargo, la Justicia observó que la mayoría de los productos eran halal (alimentos aceptables para ley islámica) y “no destinados a toda la clientela, sino a compradores específicos” por lo que la venta era “restrictiva y no corresponde a la noción de alimentación general”.

Aparte de ser expulsada, la empresa Anadolu Distribution fue condenada a pagar 4.000 euros al organismo de viviendas sociales en concepto de costas por el juicio.

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